Institucional
HISTORIA
El Registro de la Propiedad Inmueble y de Mandatos fue creado por la Ley Nº 788 del 30 de Septiembre de 1909.
Es es un organismo dependiente de la Subsecretaria de Asuntos Institucionales del Ministerio de Gobierno y Justicia de la PROVINCIA DE CATAMARCA.
Sobre él gira todo el sistema de la publicidad jurídica inmobiliaria de la provincia de Catamarca, y su función es la de posibilitar, a quienes tengan interés legítimo, el conocimiento de la situación jurídica registral de los bienes inmuebles y su disponibilidad jurídica. Determinar derechos reales constituidos sobre un inmueble.
FUNCIÓN
Función de registración, técnicas y de organización de la información.
“Los inmuebles respecto de los cuales deban inscribirse o anotarse los documentos a que se refiere el Art. 2, serán previamente matriculados en el Registro correspondiente a su ubicación. Exceptuándose los inmuebles de dominio público”.
“La matriculación se efectuará destinando a cada inmueble un folio especial con una característica de ordenamiento que servirá para designarlo”.(Art.11)
OBJETO
Dar publicidad a los actos jurídicos o notariales que se anotan o inscriben en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria y de Mandatos a los efectos de su oponibilidad frente terceros (conforme Art. 2 Ley 17801).